Feca & Asesores

jueves, 8 de febrero de 2024

febrero 08, 20240 Comments

¿Qué es el abandono de trabajo?

El abandono de trabajo se dice que ocurre cuando un trabajador de forma unilateral decide dejar de prestar los servicios para los que fue contratado y lo hace durante un número considerable de días, sin dar ningún tipo de aviso a su empleador (patrón). 

Se debe de tener presente que el termino "abandonar" significa, de forma general, renunciar a un derecho, dejar una ocupación después de haberla empezado.

De lo anterior, se puede entender por abandono de trabajo cuando el colaborador, una vez iniciadas sus labores, renuncia a su derecho a seguir ocupando su puesto y lo deja de forma definitiva. 

El abandono de un empleo supone que una de las partes, la del trabajador, una decisión voluntaria (nadie le está exigiendo que deje su puesto) y, si se tratara de que no puede presentarse a laborar por causas de fuerza mayor, siempre podría presentar algún justificante laboral para excusarse. 

Por lo que se dice que en este acto el trabajadordeja su puesto de forma voluntaria sin informarle al empleador los motivos o causas que lo llevan a tomar esta decisión.


¿Cuándo se considera que existe un abandono de trabajo?

Dentro de la Ley Federal (LFT) del trabajo esta figura o concepto no existe.

Abogados laborales aconsejan tener mucho cuidado con estos temas ante la ley. Ya que el abandono como tal no es una causa de rescisión del contrato de trabajo, dado que no está dentro del listado que especifica la ley como motivos de despido justificado.

Cabe resaltar que la LFT en su artículo 47 establece solo 15 causales entre las cuales no se encuentra el abandono del empleo. Sin embargo, en la fracción X prevee que si el trabajador tiene más de tres faltas en un período de 30 días, sin permiso del patrón o sin causa justificada, puede proceder la rescisión laboral. 

De tal suerte que si en un lapso de 30 días el empleado falta a su trabajo 4 días sin justificar estas faltas, el empleador puede despedirlo sin tener que indemnizarlo. Pero para que esto se aplique es importante que el trabajador no pueda justificar sus faltas.


Acta administrativa por abandono de trabajo  

En la practica, al no existir un marco legal claro a seguir, es muy común que el departamento RR.HH. levante un acta administrativa por abandono de trabajo.

El acta administrativa se trata de un documento de control interno que se crea con el fin de dejar evidencia de las faltas que el trabajador ha cometido en contra de las normas por las que se rige la empresa. Ya sea la LFT, el contrato individual, el contrato colectivo de trabajo o el Reglamento Interno de Trabajo e incluso un código de conducta, si lo hubiera.

En la esfera jurídica debemos decir que el acta administrativa por abandono de trabajo puede ser de gran utilidad. Ya que puede convertirse en una prueba ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Debido a que deja constancia de que el trabajador se ausentó de sus labores sin justificación y que esto va en contra de las reglas de la organización.

Además, se pueden crear distintas actas cuando el empleado no se presenta y cumple con sus obligaciones. Se sugiere el uso de las siguientes:

  • Una primera acta administrativa por abandono de trabajo para señalar la situación y dejar en evidencia la infracción del colaborador. 
  • Luego, si la situación continúa, se puede crear otra acta determinando las sanciones que le corresponden al trabajador por su ausencia en la empresa.
  • Finalmente, llegado el caso, se puede crear otra acta administrativa para dejar asentada la rescisión del contrato de trabajo. 

¿Qué prestaciones tiene derecho a recibir un trabajador que decidió abandonar el trabajo?

El finiquito es la última remuneración que se debe entregar al trabajador cuando se termina la relación de trabajo. En toda rescisión de un contrato laboral se encuentra presente el pago del finiquito y, por ello, en el caso de que un empleado abandone su labor también debes contemplarlo. 

Los conceptos que tienes que incluir dentro de este pago son:
  • Días laborados por el trabajador y no pagados al momento de finalizar la relación de trabajo. En el caso concreto del empleado que abandona su trabajo debes descontar esos días que se ausentó de la empresa. 
  • Proporcional del aguinaldo.
  • Parte proporcional correspondiente a las vacaciones.
  • Proporcional de la prima vacacional.
  • Prima de antigüedad. Solo si el trabajador lleva más de 15 años laborando en la empresa.
  • Cualquier otra prestación laboral que haya sido incluida en el contrato de trabajo y que se encuentre pendiente de pagar.
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martes, 9 de enero de 2024

enero 09, 20240 Comments

 La Unidad de Medida y Actualización (UMA) es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.


La UMA fue introducida para sustituir el esquema Veces Salario Mínimo (VSM) con el que se calculaba el pago de obligaciones como multas, créditos del Infonavit y hasta las deducciones personales.

Esta unidad de medida se actualiza cada año y surgió en 2016 para aplicarse en ciertos pagos con el propósito de no impactar al salario mínimo.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) elevó el valor de la Unidad de Medida y Actualización de 103.74 pesos diarios en 2023 a 108.57 pesos por día para este 2024; es decir un aumento de 4 pesos 83 centavos, dicho incremento estará vigente desde el 1 de febrero del presente año (2024)

                                         Cuadro Histórico de la UMA

AñoDiarioMensualAnual
2024$ 108.57$ 3,300.53$ 39,606.36
2023$ 103.74$ 3,153.70$ 37,844.40
2022$ 96.22$ 2,925.09$ 35,101.08
2021$ 89.62$ 2,724.45$ 32,693.40
2020$ 86.88$ 2,641.15$ 31,693.80
2019$ 84.49$ 2,568.50$ 30,822.00
2018$ 80.60$ 2,450.24$ 29,402.88
2017$ 75.49$ 2,294.90$ 27,538.80
2016$ 73.04$ 2,220.42$ 26,645.04
El valor mensual de la UMA se calcula multiplicando su valor diario por 30.4 veces y su valor anual se calcula multiplicando su valor mensual por 12.
Fuente: INEGI


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viernes, 20 de octubre de 2023

octubre 20, 20230 Comments

Las empresas que presten servicios especializados deben estar adscritos al padrón. Esto es necesario para que puedan otorgar dichos servicios.


1- ¿Qué es el REPSE? 

El REPSE es el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas, en otras palabras el el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas, el cual tiene su origen en La Ley Federal del Trabajo dentro del artículo 15 el cual establece que las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o ejecuten obras especializadas deben contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Su utilidad es muy importante y ayuda a establecer proyectos laborales con otras empresas de forma legal.

Las personas físicas o morales que presten servicios especializados o realicen obras especializadas y que deseen proveer a un tercero (contratante) dichos servicios u obras especializadas y para ello pongan trabajadores propios a disposición del contratante.

Se deben registrar las personas físicas o morales que pongan a disposición a los trabajadores en beneficio de la contratista para prestar los servicios.

Por esta razón cualquier persona física y moral que se dedique a prestar servicios especializados, tiene la obligación de tramitar su REPSE.

Para obtener el registro REPSE deberás entrar a la página http://repse.stps.gob.mx  y llevar a cabo los pasos solicitados. Las instrucciones son muy específicas.

Una vez en ella, podrás acceder únicamente mediante tu firma electrónica (e.firma).

Para obtener el registro del REPSE es importante tener en cuenta que como empresa deberás estar al corriente en cuanto a obligaciones fiscales y de seguridad social. Recuerda que de lo contrario tu registro no se podrá llevar a cabo.

Si no estás al día con tus obligaciones fiscales, nosotros te ayudamos.

5- ¿Qué datos solicita el registro?

Durante el proceso se deben proporcionar datos como:

  • Firma electrónica vigente.
  • Domicilio.
  • Nombre o razón social.
  • RFC.
  • Actividad económica.
  • Registro patronal ante el IMSS.
  • Acta Constitutiva de la Empresa.
  • Para personas físicas solicitarán la Constancia de Situación Fiscal
  • Entre otros.

¿Tienes la documentación, pero, no sabes cómo hacerlo?

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6- ¿Cómo reviso el estatus de mi registro REPSE?

La plataforma del REPSE emitirá un número de folio, en el mismo se indicará:

  • Fecha de ingreso de la solicitud de registro.
  • La etapa en la que se encuentra.
  • Fecha en la que deberá de recibir la respuesta correspondiente (20 días hábiles contados a partir del ingreso de la solicitud de registro).

La Secretaría a través de la Plataforma deberá pronunciarse respecto a la solicitud de registro dentro de los 20 días hábiles posteriores a la recepción de su registro a través de la Plataforma.

El Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) permitirá que su empresa esté en el padrón público operado por la STPS al que deben inscribirse todas las empresas de subcontratación.

El no hacerlo puede llevarlo a acarrear multas que superan los 4 millones de pesos, la misma sanción podrá ser aplicable para quien subcontrate un servicio que no esté inscrito en el padrón.

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jueves, 2 de febrero de 2023

febrero 02, 20230 Comments
Requisitos para deducción de Cuentas Incobrables 

Derivado de la reforma fiscal llevada a cabo para 2022, en el caso de las cuentas incobrables sufrieron algunos cambios que es importante considerar para el cierre de ese ejercicio, ya que usualmente en las empresas existen un porcentaje de las ventas que no se logra cobrar y sin embargo ya fueron acumuladas para ISR, por tal razón es necesario que los contribuyentes conozcan los requisitos que deben cumplir para su deducción, ya que ahora deberán obtener una resolución definitiva emitida por el Tribunal con la que demuestren haber agotado las gestiones de cobro, dando como resultado el retraso de la posibilidad de reclamar dicha deducción por el periodo de litigio.


Al respecto es importante resaltar que la ley de ISR en su artículo 25 fracción V permite deducir dichas cuentas incobrables.

Artículo 25. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:
V. Los créditos incobrables y las pérdidas por caso fortuito, fuerza mayor o por enajenación de bienes distintos a los que se refiere la fracción II de este artículo.

Por su lado el numeral 27, fracción XV de la propia LISR prevee el momento para su Deducción en el que estas se consideraran realizadas:
  • En el mes en el que se consuma el plazo de prescripción, que corresponda, o 
  • antes si fuera notoria la imposibilidad práctica de cobro.
La prescripción se da en los siguientes plazos, según la Ley del Código de Comercio, Ley del Código Civil Federal y Ley General de Título y Operaciones de Crédito.



Para los efectos de este artículo, se considera que existe notoria imposibilidad práctica de cobro, entre otros,  los siguientes casos:


Para los efectos del artículo 44 de la Ley (Ajuste anual por inflación), los contribuyentes que deduzcan créditos incobrables, los deberán considerar cancelados en el último mes de la primera mitad del ejercicio en que se deduzcan.

Es importante mencionar que la Regla 3.3.1.23 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y 2023, menciona que Los contribuyentes tendrán por cumplido el requisito de presentar el aviso (ficha de trámite 54/ISR “Aviso relativo a deducciones de pérdidas por créditos incobrables”, contenida en el Anexo 1-A), siempre que hayan optado o estén obligados a dictaminarse y la información se manifieste en el Anexo del dictamen fiscal denominado “CONCILIACIÓN ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA”.



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viernes, 17 de junio de 2022

junio 17, 20220 Comments
La marca es un signo distintivo, cuya principal función es la de diferenciar y hacer únicos a los productos y/o servicios de una empresa frente al resto de competidores, 

La marca se compone por los elementos y características asociados a una empresa, los cuales crean una experiencia relacionada con ese negocio. 
Existen factores que afectan la percepción de la marca en las personas, entre otros:
  • Los bienes y servicios que ofreces. 
  • La imagen corporativa como lo son logotipo, colores, tipografía y las fotografías que utilizas. 
  • La voz y palabras que usas para transmitir tus mensajes. 
  • Los valores y filosofía.
  • Lo que evocan tus locales y oficinas. 
  • Las relaciones que tienes con tus clientes y seguidores. 
  • Las historias que cuentas.
Además del logotipo, la imagen corporativa abarca todas las percepciones, experiencias y emociones que las personas tendrán del negocio. En pocas palabras, es lo que se les quedará en la mente.

La imagen corporativa hará que las demás personas se hagan una idea de cómo es tu negocio, qué personalidad tiene, cómo son tus productos y/o servicios, cuáles son tus valores, y esto es clave a la hora de elaborar una Estrategia de Marketing Digital para tu negocio. 

Una vez que las personas se hagan de una imagen de tu marca, difícilmente tendremos la oportunidad para cambiarla, por lo que la primera impresión será por lo general la que perdure. 

Muchos dueños o emprendedores piensan, que construir una imagen corporativa es para grandes compañías. Los logos, las letras, los colores, el slogan, y todo lo demás, no es sólo para grandes corporaciones que tienen el dinero para hacerlo. Pero esto no es una cuestión de magnates, sino de querer que tu empresa salga adelante y logre el crecimiento deseado. 

Si ya tienes una buena imagen, te compartimos una lista con las mejores prácticas para cuidar tu marca:
  • Cuida de tus instalaciones
  • Crea oficinas y espacios con diseños personalizados que representan los valores de la compañía y donde puedas atender a tus clientes.
  • Cuida tu imagen personal y la de tus empleados
  • Las personas de la empresa son las que tratan a diario con los clientes. Lo que transmitamos nosotros, lo comunicará también tu marca.
  • Mantén tu página web de forma profesional
  • Hoy en día la mayoría de los clientes se informan a través de Internet sobre las empresas y sus productos y servicios. Cuanto más profesional sea tu carta de presentación, mejor.
  • El mensaje es fundamental
  • Ten muy claro qué mensaje quieres transmitir a tus clientes y transmítelo en todo lo que hagas.
Recuerda que la primera impresión es determinante para tu negocio, pues será lo que se quede en la mente de tus clientes por primera vez  ¡No des oportunidad a la competencia! una buena imagen podría hacer que más clientes volteen a ver lo que tú ofreces, y si eso pasa, allí estará tu empresa, preparada para mostrar todos aquellos servicios o productos que la hacen diferente. 

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lunes, 30 de mayo de 2022

mayo 30, 20220 Comments

La “PTU” (Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas) es uno de los derechos con los que gozan los trabajadores y su pago es uno de los momentos más esperados, como sucede con el aguinaldo, ya que representan para los trabajadores el obtener un ingreso que algunos  los utilizan para pagar deudas e inclusive ahorrar, entre otros fines.

Este ingreso podría resultar con una decepción para aquellos trabajadores que no se encuentren bien informados, ya que por primera vez en la historia de nuestro país el reparto de utilidades se encuentran topadas.

El reparto de la PTU es un derecho consagrado en la constitución dentro del artículo 123, fracción IX y, en consecuencia, también por la Ley Federal del Trabajo. De ahí se deriva que todos los patrones, sean personas físicas o morales, repartan el 10% de su utilidad fiscal, misma que es reportada en la declaración anual correspondiente.

El porcentaje fue refrendado el pasado 18 de septiembre de 2020 por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, el cual ha permanecido sin cambios hasta la fecha. 

Quienes tienen derecho a dicha repartición son todos los trabajadores que hayan laborado en el año fiscal de que se trate (durante el año anterior al que se deba pagar), excepto los directores generales, administradores generales o gerentes generales (el empleado de mayor rango en una empresa), así como los trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días en el ejercicio fiscal de que se trate. 

Existen empresas que no tienen la obligación de pagar la PTU de conformidad con el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, como las empresas de nueva creación —durante el primer año de funcionamiento—, las de nueva creación dedicadas a generar un producto nuevo —por dos años— y las instituciones públicas, descentralizadas y de beneficencia, sobre todo. 

En términos generales, la fecha límite para el pago de las utilidades es el 30 de mayo para patrones empresas morales y 29 de junio para patrones personas físicas 

Es importante que las empresas documenten adecuadamente éste proceso,  ya que dentro de las obligaciones que se tienen es el de informar a los trabajadores mediante una comisión mixta con una copia de la declaración anual de los impuestos 

Por otro lado, los trabajadores deberán tener presente que, a partir de la reforma de 2021, se estableció como límite máximo para pago de utilidades, ya sea tres meses de salario del trabajador o el promedio de lo que recibieron de PTU en los últimos 3 años, lo que les sea más benéfico a los empleados. 

Los patrones que hayan generado utilidades y no las paguen podrían recibir multas que van de 250 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, es decir, de 24,055 pesos a 481,100 pesos.

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jueves, 1 de julio de 2021

julio 01, 20210 Comments

Para el SAT las Tasas efectivas de ISR, de Grandes Contribuyentes, son como referencia para revisar determinados contribuyentes.

A finales del 2020 se obligó al SAT dar a conocer diversos conceptos fiscales que sirven de parámetros para efectos del impuesto sobre la renta (ISR), como: utilidad, gastos deducibles o tasas efectivas de pago.

Después de análisis efectuado de las declaraciones de Grandes Contribuyentes por los años 2016, 2017, 2018 y 2019, que se encuentran dentro de las 40 actividades, el SAT dio a conocer el pasado 13 de junio, los primeros parámetros, las "Tasas Efectivas del ISR".

En resumen esa tasa efectiva es una proporción del ISR Causado respecto de los ingresos acumulables.

De lo anterior es importante conocer las siguientes definiciones:

Riesgo impositivo: es la contingencia de incumplimiento de las disposiciones fiscales que le son aplicables a un contribuyente o a un conjunto de contribuyentes y que repercute en el correcto pago de contribuciones, concretamente en materia del impuesto sobre la renta.

Tasa efectiva de impuesto: es aquélla que se calcula con la información manifestada en la última declaración anual del impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio fiscal en cuestión,

Forma de calcular la tasa efectiva.

Se debe de dividir el ISR causado en el ejercicio fiscal que corresponda, entre los ingresos acumulables del mismo ejercicio.

La tasa que determino es menor a las publicadas por cada actividad

Si la tasa resultante es menor a la señalada por el SAT, hay una gran posibilidad de que el SAT ejerza sus facultades.

Forma de calcular la tasa efectiva de impuesto si se realiza más de una actividad económica

En caso de que realices más de una actividad económica debes comparar tu tasa efectiva del impuesto correspondiente a la actividad económica que corresponda a la mayoría de tus ingresos.

Mecánica que el SAT usa para establecer si hay un mayor o menor riesgo impositivo con la tasa efectiva de impuesto

El SAT agrupa a los contribuyentes cuya actividad económica preponderante sea la misma, partiendo de la información correspondiente a la actividad económica manifestada ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC); además se realiza el análisis de la información contenida en las bases de datos institucionales a efecto de agrupar a los contribuyentes en la actividad económica que corresponda a la mayoría de sus ingresos.

Posteriormente, se calcula la tasa efectiva de impuesto con la información declarada en la última declaración anual del impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio fiscal en cuestión (2016, 2017, 2018 y 2019).

El SAT menciona: "con el objetivo de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario, se invita a los contribuyentes a consultar la tasa efectiva de impuesto correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen y compararla con su propia tasa efectiva de impuesto respecto de cada ejercicio fiscal para medir sus riesgos impositivos y, en su caso, corregir su situación fiscal mediante la presentación de la(s) declaración(es) anual(es) complementaria(s) correspondiente(s), para minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales."

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